El Peligroso Nexo entre la Industria Extractiva, los Territorios Indígenas y el Medio Ambiente: ¿A quién corresponde la defensa de la Naturaleza?

Cita: 

Torres Wong, Marcela [2019], "El Peligroso Nexo entre la Industria Extractiva, los Territorios Indígenas y el Medio Ambiente: ¿A quién corresponde la defensa de la Naturaleza?", Revista de la Facultad de Derecho, LXIX (275): 949-974, México, http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2019.275-2.71492

Fuente: 
Artículo científico
Fecha de publicación: 
2019
Tema: 
El papel del Estado y las comunidades indígenas para la preservación del medio ambiente ante la amenaza de la industria extractiva
Idea principal: 

Marcela Torres Wong es doctora en Ciencias Políticas por la Universidad Americana en Washington DC. Sus áreas de investigación incluyen conflictos socio-ambientales, movimientos indígenas, industrias extractivas e instituciones participativas en Bolivia, Perú y México.


Las políticas extractivas y sus impactos sobre los territorios indígenas y el medio ambiente

A principios de la década de 1990 diversos países adoptaron políticas neoliberales con el propósito de disminuir el papel del Estado en la economía y acrecentar la eficiencia de diversos sectores de la economía. En este marco se privatizaron industrias extractivas clave para muchos países de América Latina como la minería y los hidrocarburos.

Asimismo, con la finalidad de incrementar la inversión privada en estos sectores, los gobiernos flexibilizaron los derechos laborales, ignoraron las “débiles” normas para la protección del medio ambiente e implementaron políticas para la explotación “agresiva” de recursos naturales como minerales, gas y petróleo.

La promoción de “territorios potencialmente ricos en recursos valiosos como espacios socialmente vacíos” fue una de las estrategias centrales de los gobiernos para la activación económica de los mismos. Esta promoción fue realizada a pesar de que en países como México, Perú, Bolivia, Ecuador y Guatemala dichos territorios estaban ocupados por comunidades indígenas.

El flujo de inversión extranjera y la presencia de empresas multinacionales en los territorios tuvo lugar debido al éxito de la promoción de los mismos. No obstante, las poblaciones indígenas sufrieron cambios en sus “patrones locales de tenencia de la tierra y recursos naturales acumulados para estructurar su supervivencia” (p. 952). Producto de los cambios sufridos por las poblaciones indígenas y los impactos ambientales, hubo un incremento de los conflictos sociales en América Latina y otras regiones del mundo.

A lo anterior debe sumarse el “boom de los commodities” entre 2000-2014 debido a que los precios de las materias primas aumentaron. En este contexto, hubo un incremento del PIB de los países que adoptaron las políticas neoliberales. Sin embargo, también hubo un incremento de la violencia en los territorios consecuencia del impulso de las industrias extractivas.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1989 reconoce los derechos territoriales de las comunidades indígenas. Derivado de los impactos ambientales y ecológicos (contaminación del agua y aire, erosión de las tierras agrícolas, desplazamiento y destrucción del tejido social) causados por la industria minera y los hidrocarburos, diversos sectores indígenas y organizaciones no gubernamentales (ONG) de distintos países se opusieron a los proyectos implementados.

En la región andina se logró el “reconocimiento legal de los derechos indígenas” (p. 953). A principios de la década del 2000, en Argentina, Bolivia, Ecuador y Venezuela hubo una ola antineoliberal que coincidió con la oposición de las comunidades indígenas ante las políticas extractivas. En el caso de Bolivia y Ecuador, la comunidad indígena fue un actor decisivo para la llegada de candidatos de izquierda a la presidencia, dado el descontento de esta comunidad respecto a las políticas neoliberales.

De esta manera, los expresidentes de Bolivia (Evo Morales), como de Ecuador (Rafael Correa), “promovieron el reconocimiento de los derechos indígenas a sus territorios ancestrales” y reafirmaron el compromiso del gobierno por respetar los derechos de la naturaleza bajo los programas Sumaq Kawsay o Sumaq Qamañaque (en español “Buen Vivir” o “Vivir Bonito”), los cuales se presentaron como una crítica al modelo de desarrollo de corte neoliberal implementado por gobiernos anteriores.

En 2008, la nueva Constitución Política de Ecuador reconoció a la naturaleza como sujeto de derechos. En 2010, el gobierno boliviano promulgó la Ley de los Derechos de la Madre Tierra, reconociéndose como “sujeto colectivo de interés público”. De igual forma, ambos gobiernos se comprometieron a implementar los derechos de los pueblos indígenas estipulados en el Convenio 169 de la OIT y con ello, el derecho de consulta previa ante cualquier posible afectación a sus territorios.

Como consecuencia del aumento de conflictos sociales en torno a megaproyectos en territorios indígenas, otros países de la región han implementado iniciativas de reconocimiento de los derechos indígenas. En este contexto, la consulta previa se está constituyendo como un mecanismo fundamental para acrecentar la participación de los pueblos indígenas en la vida política, respetar su decisión con relación a la gestión de sus territorios y así prevenir conflictos sociales.

Para 2019, 15 países de América Latina habían ratificado el Convenio 169 de la OIT. No obstante, el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y la naturaleza no ha frenado la implementación de diversos megaproyectos de las industrias extractivas y proyectos desarrollistas. De tal manera, la consulta previa “corre el riesgo de contribuir a legitimar proyectos ecológicamente insostenibles” (p. 956).

La esquiva relación entre el derecho a la Consulta Previa y la protección de los territorios indígenas

La importancia de la consulta previa recae en que el “entorno medioambiental es vital para la supervivencia de las poblaciones indígenas, por lo que los gobiernos tienen la obligación de garantizar su protección” (p. 957). Por lo tanto, no debería haber una implementación de megaproyectos en territorios indígenas sin la consulta previa.

De acuerdo con estudios recientes sobre la consulta previa en Bolivia, Perú y México, la mayoría de los proyectos que fueron consultados en estos países se aprobaron. Ante este escenario, diversas organizaciones de la sociedad civil han señalado que los procesos consultivos no respetan lo estipulado en el Convenio 169 de la OIT, debido a que las consultas se hicieron a destiempo, sin buena fe, sin información adecuada, sin garantizar los plazos suficientes para la toma de decisiones ni la libre participación de las comunidades.

Aunado a lo anterior, otras investigaciones resaltan que las comunidades indígenas en muchas ocasiones tienen la intención de negociar con el gobierno y las empresas encargadas de los proyectos extractivos.

Ante el hecho de que todas las consultas previas aprueben la implementación de megaproyectos en Bolivia y México, se evidencia la falta de atención a la heterogeneidad de las estrategias discursivas que vinculan pueblos indígenas y medio ambiente y las condiciones históricas, culturales y económicas características de las comunidades.

Los conflictos sociales en torno a megaproyectos en territorios indígenas son considerados por diversas investigaciones como conflictos eco-distributivos debido a la “enorme brecha distributiva entre las ganancias generadas por diferentes proyectos de desarrollo (minería, hidrocarburos, de infraestructura, entre otros) y sus impactos ecológicos como causa de los conflictos por el control de recursos naturales” (p. 958).

De igual manera, las investigaciones sobre conflictos extractivos concluyen que, en la mayoría de los casos, las comunidades indígenas están dispuestas a negociar beneficios económicos. Por otro lado, aunque en minoría, también hay comunidades que se oponen a las actividades que son potencialmente peligrosas para su entorno, sobre todo en aquellas comunidades en donde existen economías alternativas a los proyectos extractivos.

A pesar de que la extracción y explotación de recursos naturales es uno de los principales medios de subsistencia de las comunidades indígenas, debido a la deficiente productividad de las tierras, las escasas oportunidades económicas y de bienestar de dichas comunidades, la implementación de los megaproyectos se presenta como una oportunidad para mejorar sus condiciones de vida.

Entre las limitaciones para el mecanismo de consulta previa y la protección de los territorios indígenas se encuentra la poca neutralidad por parte de las agencias estatales encargadas de realizar la consulta debido a que en muchas ocasiones son éstas las encargadas de impulsar los proyectos consultados. Sin perder de vista las condiciones precarias de muchas comunidades indígenas, otra limitación está relacionada con la posición favorable por parte de dichas comunidades ante la implementación de proyectos extractivos en sus territorios.

La riesgosa superposición entre Derechos Indígenas y la Protección del Medio Ambiente

El avance en los mecanismos de participación ciudadana y la protección del medio ambiente, no se ha traducido en un impacto significativo al modelo económico neoliberal. En este sentido, gran parte de los conflictos sociales siguen relacionados con el control de los recursos naturales.

La protesta social por parte de las comunidades indígenas ha sido clasificada como “socio-ambiental”. De acuerdo con los investigadores, los conflictos derivan principalmente por la oposición a un proyecto de inversión y, por tanto, se genera la movilización social y la “etnificación del conflicto socio-ambiental”[1].

La etnificación logró que se articularan demandas para el reconocimiento de los derechos de las comunidades indígenas y la protección del medio ambiente. De esta manera, se construyó una narrativa a nivel internacional con relación a la escucha de los pueblos indígenas y la preservación del medio ambiente, lo cual ha propiciado la creación de diversos instrumentos internacionales en la materia.

Dichos instrumentos reconocen la contribución de las comunidades indígenas para la diversidad cultural, la preservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Así, se ha logrado visibilizar las condiciones de marginación y discriminación en las cuales se encuentran inmersas las comunidades indígenas, al mismo tiempo que se ha cuestionado la viabilidad de las políticas extractivas.

Sin embargo, “la superposición entre derechos indígenas y medio ambiente también podría tener efectos negativos en términos ambientales” (p. 962). Un ejemplo de ello es que la Convención Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas considera que el daño al medio ambiente sólo tendría relevancia jurídica, si afecta indirectamente a los pueblos indígenas. En este sentido, existe una deficiencia para la defensa “inmediata e integral de la ecología”, condicionada por los intereses de algunos particulares.

En el contexto en el cual los resultados de las consultas previas han favorecido la implementación de proyectos potencialmente destructivos, aún no hay herramientas que cuestionen la viabilidad de las políticas extractivas en dichos territorios. Los conflictos entre las comunidades locales, gobiernos y empresas se suscitan bajo condiciones desiguales de poder.

Las condiciones de las comunidades indígenas a las que se hizo referencia anteriormente propician que las consultas previas se visualicen como “plataformas para demandar al Estado (o a las empresas) la provisión de servicios básicos, empleo e infraestructura; todo ello generalmente ausente en las zonas indígenas” (p. 964).

Por esta razón, en algunos casos, las comunidades indígenas negocian beneficios económicos a cambio de su consentimiento para la implementación de los megaproyectos, dejando de lado la sobreexplotación de los recursos naturales. De esta manera, existe una lógica de “compensación-consentimiento”, la cual debilita e invisibiliza la movilización social en torno a la preservación de los recursos naturales.

A pesar de que las organizaciones indígenas y ambientalistas carecen de consenso, han logrado poner en duda la legitimidad de los gobiernos para la administración de los recursos naturales. No obstante, los resultados de las consultas previas y las negociaciones entre las comunidades y las empresas extractivas terminan por minimizar las obligaciones medioambientales de éstas últimas.

Por esta razón, es necesario cuestionar la “viabilidad ecológica del modelo económico y el avance de la frontera extractiva sobre territorios indígenas” (p. 965), para lo cual se debe dejar de visualizar a los pueblos indígenas como “los defensores ambientales de la humanidad”, dado que el reconocimiento del derecho de la consulta previa no es garantía de la protección de sus territorios.

Asimismo, es fundamental la promoción de la institucionalización de los espacios de deliberación con la finalidad de que los intereses de los diferentes grupos sean sobrepasados y con ello se implementen “políticas económicas ecológicamente racionales sobre territorios indígenas” (p. 966).

Reflexiones finales

Los conflictos sociales en torno a la implementación de proyectos extractivos se interpretan como movimientos en contra del modelo de desarrollo económico basado en la sobreexplotación de la naturaleza. De esta manera, las comunidades indígenas se consideran interlocutoras del ecologismo internacional, cuestionando el extractivismo y el uso de recursos naturales.

Algunos grupos indígenas defienden sus medios de producción y valoran sus costumbres y tradiciones acumuladas durante siglos. Sin embargo, los pueblos son heterogéneos y sus condiciones históricas distan entre cada uno de ellos. Diversos pueblos indígenas enfrentan condiciones de vulnerabilidad económica, política y climática.

Estas condiciones de vulnerabilidad son exacerbadas debido a los intereses económicos de particulares, en donde los gobiernos utilizan los derechos territoriales indígenas para “validar el avance del capital privado en sus tierras” (p. 968). Los estados deben garantizar oportunidades económicas y servicios básicos a todos los ciudadanos y ciudadanas. De esta manera, los pueblos indígenas podrán mejorar sus condiciones de bienestar.

El avance y la implementación de megaproyectos potencialmente dañinos para el medio ambiente afecta a todos por igual. Así, la protección del medio ambiente representa una condición necesaria para la supervivencia del ser humano.

Por esta razón, es importante que actores neutrales evalúen las posibles afectaciones por la implementación de proyectos ambientalmente destructivos. Sólo de esta manera, los acuerdos entre empresas, el Estado y los pueblos indígenas dejarán de considerarse “como elementos suficientes para la aprobación de proyectos ambientalmente nocivos” (p. 969).

Asimismo, se podrá construir un nuevo sujeto de derechos colectivos que no pueda ser mercantilizado fácilmente, al mismo tiempo que se avance en la construcción de instrumentos jurídicos que garanticen la protección de la naturaleza. Son los estados y no los pueblos indígenas los que están obligados a garantizar la protección del medio ambiente.


[1] Puig, Salvador [2018], “Presentación”, Revista América Latina Hoy, 79.
Trabajo de Fuentes: 

Bebbington, Anthony, et.al. [2007], Minería, Movimientos Sociales y Respuestas Campesinas, CEPES, IEP Lima.

Due Process of Law Foundation [2015], Derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en América Latina, Washington DC, DPLF.

Gouritin Armelle, et.al. [2017], La adopción de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: un análisis crítico desde el punto de vista de los derechos ambientales

Gutiérrez, Rodrigo, et.al. [2019], Informe sobre la implementación del derecho a la consulta y al consentimiento previo libre e informado en México, Ciudad de México, UNAM, DPLP y FUNDAR.

Martínez, Alier [2009], El Ecologismo de los pobres, España, Icaria.

Naredo, José Manuel [2009], “Raíces económicas del deterioro ecológico y social: más allá de los dogmas. Madrid: Siglo XX”, Arxius, Valencia, 21.

Rodríguez, Nemesio, [2018], “Los megaproyectos y los pueblos indios y negros de América Latina”, Contexto de un Atlas, Oaxaca: PUIC-UNAM, https://www.puicmezinal.unam.mx/docs/IntroAtlas.pdf

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Walter, Mariana [2009], Conflictos ambientales, socioambientales, ecológico distributivos, de contenido ambiental… Reflexionando sobre enfoques y definiciones, Madrid, Centro de Investigación para la Paz.

Zaremberg, Gisela, Marcela Torres Wong [2018], “Participation on the Edge: Prior Consultation and Extractivism in Latin America”, Journal of Politics in Latin America, 10(3).

Nexo con el tema que estudiamos: 

La industria extractiva es una de las principales actividades que propicia la degradación del medio ambiente y la perpetuación de conflictos sociales. A pesar de esto, uno de los campos de valorización del capital en la economía mexicana durante décadas ha sido la industria minera. Dado que los conflictos entre las comunidades locales, gobiernos y empresas se suscitan bajo condiciones desiguales de poder, es probable que la violencia y represión en las comunidades vaya en aumento, al mismo tiempo que tiene lugar la superposición de los megaproyectos por encima de otras actividades económicas. En este sentido, el presente artículo evidencia la relación existente entre la acción de las grandes empresas, la evolución de la economía mexicana, la destrucción del ambiente y el fortalecimiento del autoritarismo en México.