Grandeza y miseria del Estado social

Cita: 

Supiot, Alain [2013], Grandeza y miseria del Estado social, New Left Review, Ecuador, Instituto de Altos Estudios Nacional (IAEN), No. 82: 156-175, septiembre-octubre.

Fuente: 
Otra
Fecha de publicación: 
2013
Tema: 
Declive del Estado social
Idea principal: 

Alan Supiot es doctor en Derecho, licenciado en Sociología y doctor honoris causa por la Universidad de Lovaina, es profesor de Derecho en la Universidad de Nantes y miembro del Instituto Universitario de Francia.

Fue presidente del Consejo Nacional para el Desarrollo de las Ciencias Humanas y Sociales. Miembro del consejo de administración de la Fundación MSH de París y del consejo científico de la Revue international du travail, es colaborador regular de la revista Droit social y autor de los libros Critique du droit du travail, Homo juridicus, L'esprit de Philadelphie: La justice sociale face au marché total, entre otros.


El Estado Social creció durante la Revolución industrial y en el siglo XXI está en declive. Las personas se equivocan si creen que la justicia social es una cuestión obsoleta.

Jean Carbonnier, trató de dejar claro que “el único derecho absolutamente indispensable es el derecho laboral […]”. François Ewald demostró que el Estado Social nació a finales del siglo XIX cuando se adoptó en todos los países occidentales un nuevo régimen de responsabilidad en accidentes laborales.

Franz Kafka dedicó toda su vida profesional a la ejecución de la ley sobre accidentes laborales que adoptó el Imperio Austrohúngaro en 1887. Kakfa comenzó a trabajar en el Instituto de Seguros de Accidentes Laborales del reino de Bohemia y ahí se percató de muchas injusticias a causa de negligencias en las medidas de seguridad.

La indemnización por accidentes de trabajo era el precio que el instituto pagaba para deshacerse de los desperdicios humanos de la cadena de producción industrial, un precio que era bajo comparado con el esfuerzo y eficiencia de los trabajadores.

Las masacres de la primera mitad del siglo XX mostraron lo que ocurre cuando se le atribuye un empobrecimiento masivo a personas inocentes y se alimenta el odio hacia el otro, lo cual se materializó en odio nacional o racial, odio de clase o religioso.

La comunidad internacional afirmó que “no hay paz duradera sin justicia social” después de experiencias como las guerras mundiales, la creación de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo en 1919 y de la Declaración de Filadelfia en 1944.

Fundamentos del derecho

Hay dos tipos de injusticias y son las teóricas y las políticas. Aristóteles los distinguió en La Política, donde mencionaba que los débiles son siempre los que buscan la igualdad y la justicia, mientras que la clase dominante no tienen interés en estos temas.

La metáfora biológica de la regulación aplicada a un organismo vivo, no tiene el mismo efecto en la sociedad humana porque no es suficiente con la simple observación de los hechos descubrir las reglas de un reparto justo de los bienes y los lugares.

Los que estudian la sociedad tienen claros cuáles son los males que deben eliminar: la pobreza y la violencia, pero no es tan sencillo definir lo que sería un orden ideal.

Una sociedad para existir y perpetuarse debe imponer una norma de funcionamiento en su exterior. Hans Kelsen percibió la exterioridad de la Norma fundamental, pero lo llevó a crear una teoría formalista del derecho.

Es complicado estudiar el problema sin caer en un cientificismo que quiera encontrar en la observación del ser la respuesta a la pregunta del deber ser. Occidente debe admitir que la institución de la sociedad y del ser humano reposan sobre premisas indemostrables que dependen del compromiso y no del cálculo.

Montesquieu decía que el espíritu de las leyes está relacionado con las características del medio en el que se inscribe cada sociedad, por lo que está determinado por el lugar y la época.

La ciencia no ha sido incapaz de fundar un orden jurídico, los principios sobre los cuales descansa un orden semejante se afirman y se celebran, pero no están demostrados ni son demostrables.

Por esta razón muchos países le han dado una forma religiosa al fundamento de la ley durante mucho tiempo. Las leyes de la biología, de la historia y de la economía siguen siendo invocadas para explicar el funcionamiento de las sociedades humanas y como prescripción suprema por encima del derecho positivo. La ciencia económica podría ser reconocida como madre de todas las leyes al buscar unir al capitalismo con el comunismo.

Algunas personas han creído encontrar en el Gran Libro del genoma la prueba del principio de la igualdad, olvidando que la dignidad igualitaria del ser humano, proclamada al final de esta guerra, no depende de las representaciones sucesivas de la verdad biológica.

El título de la nueva cátedra Estado social y mundialización: análisis jurídico de las solidaridades, define un objeto y un método.

El objeto de esta cátedra no puede limitarse a ser encerrado por una sola rama del derecho y además su comprensión necesita concebir el derecho como herramienta de análisis de las sociedades y no solo como un sistema establecido de normas.

Para comprender los orígenes históricos e institucionales no se puede partir del “derecho social” únicamente. La noción del Estado social apunta a una característica constitutiva del Estado contemporáneo. El Estado social permite ver la estructura de solidaridades que en un siglo han transformado profundamente las formas de convivir y el juego de fuerzas de poder que amenazan al Estado. El estudio de la historia y de las instituciones del Estado social es necesario para entender el actual declive del mismo.

Orígenes industriales

La noción del Estado social apunta a una característica constitutiva del Estado contemporáneo y no simplemente un compartimento del derecho positivo.

El Estado no es una forma institucional atemporal y universal, sino una invención de juristas pontificios del siglo XI al XIII y eso se sabe gracias a Ernst Kantorowicz, Harold Berman y Pierre Legendre.

Sus estudios destruyeron la idea de que los tiempos modernos son descendientes directos de la antigüedad grecorromana y la idea de un Estado inmortal tiene sus orígenes en este pensamiento.

El Estado inmortal ha tenido tres transformaciones, una fue con la Reforma protestante donde se estableció poderes soberanos emancipados del Papa.

La segunda fue con la Revolución Francesa de 1789 donde se le otorgó al Estado un poder total limitado con la separación de poderes.

La tercera respondió a la crisis de legitimidad que arremetió contra el Estado existente, el cual se convirtió en un instrumento de dominación y administración después del nacimiento del capitalismo industrial y el positivismo científico, así nació el Estado social.

Leroi-Gourhan piensa que “una acomodación es indispensable para que la especie sobreviva, pero no sólo en los hábitos técnicos, sino que en cada mutación incluye la refundación de las leyes de asociación de los individuos […]. La humanidad cambia un poco de especie cada vez que cambia de herramientas e instituciones”.

El Estado social nace de un cambio como el descrito por Leroi-Gourhan: la revolución industrial sometió al trabajo humano durante un siglo a grandes transformaciones. La transformación técnica y la transformación jurídica en conjunto fueron tan peligrosas que amenazaron la reproducción de la población obrera en países industriales.

El derecho social apareció para evitar que las personas corrieran ese peligro, como técnica de humanización de la técnica. También convirtió la explotación del trabajo como mercancía en algo económica y políticamente sostenible.

Necesidades y derechos

Este auge hizo que las personas se cuestionaran de forma más general el concepto de Estado. Los regímenes totalitarios proyectaron sobre éste el modelo de la máquina con el fin de convertirlo en una herramienta que estaría en manos de un partido único que actuaba en nombre de leyes científicas sobre la vida en sociedad.

Los países democráticos han intentado restaurar su legitimidad sobre nuevas bases. El Estado intenta proveer el bienestar de las personas tomando la apariencia del Estado de bienestar, Welfare State, État povidence, Sozialstaat o República social. El Estado social modificó el orden jurídico liberal en dos puntos esenciales en el siglo XX.

El primero consistió en introducir la consideración de la dimensión física y generacional de la vida humana en la mecánica de alta precisión del derecho de obligaciones.

El régimen jurídico dependía del status personal del trabajador. El trabajo y no el producto ya podrían ser tratados como el objeto del contrato. La separación de psique/soma es necesaria para instituir un mercado de trabajo porque se debe introducir la noción de la propiedad de uno sobre su propio cuerpo.

Existe una disyuntiva que en el orden jurídico corresponde a la que interviene en el orden científico cuando la mente científica observa el cuerpo humano como un simple objeto.

Merleau-Ponty en su Fenomenología de la percepción señaló los límites de esa objetivación, donde se aniquila la experiencia que cada uno tiene de su propio cuerpo. Una relación consigo mismo que proviene del ser y no del tener. La frase de Wittgenstein > hace referencia al tema.

En el trabajo no es posible distinguir entre sujeto y objeto, por ello es necesaria la creación de ficciones jurídicas como la esclavitud y el alquiler de servicios. La relación entre usuario del trabajo y trabajador es necesaria para el capitalismo y para mantenerla ha hecho falta insertar en el sistema contractual de alquiler de servicios un estatuto que protegiera la supervivencia física y económica de los obreros.

De esta forma nació el contrato de trabajo. La aparición de ese estatuto salarial condujo a un resurgimiento jurídico de las formas no contractuales del intercambio. El derecho social fue el responsable de la integración del principio de dignidad humana que tenía como fin reintegrar las necesidades físicas de las personas al campo de los derechos humanos.

La segunda aportación del Estado social ha sido añadir una nueva dimensión al orden jurídico que es la autodeterminación colectiva y su reconocimiento permite poner en práctica la regla del derecho de libre asociación de los individuos.

El Estado permite que las personas fijen las reglas y las modifiquen durante el reparto de la riqueza para que sea justo. La Justicia ahora aparece como un horizonte para la acción, aquello que la Declaración de Filadelfia proclama como el “objetivo central de toda política nacional e internacional”.

El espacio concedido a las libertades colectivas en la elaboración del derecho es el rasgo más específico del Estado social y el rechazo de esas libertades es un rasgo común del Estado gendarme de origen liberal y de los Estados dictatoriales.

La construcción del Estado social tomó prestadas tradiciones de la Common Law inglesa y del derecho continental. Alemania aportó rasgos de su cultura jurídica como por ejemplo cuando Althusius defendió una concepción social del sujeto de derecho desde el periodo de la Reforma. Este tipo de teorías fueron desarrolladas por Otto von Gierke en el siglo XIX e inspiraron el modelo social alemán. El paternalismo orientó la política de Bismarck la cual estableció los primeros seguros sociales para cimentar la unidad de Alemania.

Hugo Sinzheimer planteó las bases del derecho laboral moderno y elaboró durante la República de Weimar las bases conceptuales de un Estado garante de la democracia social. Esto nació hasta después de la Segunda Guerra Mundial y es el primer factor de la prosperidad económica alemana.

El segundo gran pilar del Estado social moderno que es la instauración de un sistema universal de Seguridad Social se concibió en Reino Unido. Las relaciones industriales dependen de un mercado de trabajo autorregulado por empresarios y sindicatos y los británicos siempre han desconfiado de la intervención del Estado en ese campo.

Esta fue la razón para que los británicos concibieran un sistema universal de seguridad social, introducido de forma tenue bajo la economía de mercado para facilitar su funcionamiento armonioso.

Francia aportó el tercer pilar y fue la teoría de los servicios públicos. León Duguit fue uno de los principales arquitectos, fue él quien veía un la solidaridad social una norma objetiva que se imponía a los gobernantes y de la que el Estado sólo era un modo de realización. Esta concepción se inscribía en la tradición francesa de los grandes funcionarios del Estado, de la “nobleza de Estado” que Pierre Legendre señaló en su Histoire de l’Administration.

La hibridación entre público y privado se da en los servicios públicos industriales y comerciales, y también en la organización de la Seguridad Social y en la legislación laboral.

Diagnosticar la crisis actual

El Estado social que responde al bienestar social de su población se encuentra en declive. El Estado social está expuesto por la apertura de sus fronteras comerciales, a la competencia del mínimo común denominador social y fiscal y a los riesgos financieros sistémicos. Los recursos se desploman al mismo tiempo que sus gastos crecen y emergen deudores universales y poblaciones acreedoras. Este problema intenta ser solucionado por algunas personas mediante decisiones mortales, las cuales se pueden evitar si se lleva a cabo un diagnóstico del Estado Social.

El Estado social ha generado una población de acreedores que ya no reconocen su mutua solidaridad. La duración de un sistema jurídico depende de su capacidad de enlazar las condiciones concretas de vida de la sociedad que rige, con el imaginario normativo que caracteriza esa sociedad.

En otras palabras, depende de su capacidad de unir su ser y su deber ser, y de encargarse de lo que ambos generan. El análisis jurídico no debe estar cerrado ni al universo de los hechos, al paraíso de los valores, ni al mundo de las formas para poder ser productivo.

Accursius mencionó en el siglo XIII que “el cuerpo del derecho lo contiene todo”, lo que podría significar la reducción sociológica del derecho a un instrumento de poder o su reducción económica a un instrumento de distribución eficaz de los recursos.

Solidaridades y globalización

La noción de solidaridad surgida del derecho romano y nacida como derecho civil tuvo un impacto en la sociología antes de que se desarrollara. La solidaridad goza de una generalidad y una neutralidad que ni la caridad o la fraternidad poseen.

El nuevo contexto internacional es una de las causas más evidentes de la desestabilización del Estado social. El término globalización genera confusión entre dos fenómenos que se combinan en la práctica pero son de naturaleza distinta.

Esos fenómenos son los estructurales y los coyunturales. Los estructurales son irreversibles y deben reconocerse como tales en cuanto a su impacto sobre las transformaciones del trabajo y el vínculo social. Un ejemplo de los fenómenos estructurales sería la abolición de las distancias físicas en la comunicación entre las personas o la exposición compartida a los riesgos sanitarios o ecológicos provocados por el desarrollo tecnológico.

Un ejemplo de los coyunturales sería la libre circulación de los capitales y mercancías que proceden de elecciones políticas reversibles y que se relacionan con la sobreexplotación temporal de recursos físicos no renovables.

La lengua francesa hace una distinción entre globalización y mundialización y por ello el debate puede enriquecerse. Mundializar consiste en convertir un universo físico en un lugar humanamente habitable, mundializar es dominar las distintas dimensiones del proceso de globalización.

El dominio de la dimensión tecnológica supone adaptar las formas jurídicas de organización del trabajo heredadas del mundo industrial, a los riesgos y oportunidades generadas por la revolución digital.

El dominio de la dimensión comercial se llevaría a cabo para concebir un origen jurídico internacional con el cual se prohibiría la apertura de las fronteras comerciales para evitar los deberes de solidaridad.

La duda sobre si el Estado social está en condiciones de asegurarse ese dominio debe ser aclarada tomando en cuenta dos imperativos metodológicos. El primero indica que es necesario salir de la matriz jurídica occidental que dio origen al Estado social y abrirse a otras formas de instituir las solidaridades humanas.

El segundo consiste en reconocer los factores internos que desestabilizan el Estado social. El segundo es un residuo de la sociedad industrial y ha heredado dos rasgos que le incapacitan.

El primer hándicap es haber reducido el perímetro de la justicia social a medidas cuantitativas, compensando en tiempo o dinero una cosificación del trabajo que se juzgó a corde con los principios del Estado social.

La institución imaginaria de la sociedad de Cornelius Castoriadis debe tomarse en cuenta para comprender el impacto de este fenómeno en el trabajo. El imaginario de la sociedad industrial convirtió a los obreros en el engranaje de una gran máquina productiva. Los obreros fueron sujetos en países capitalistas y comunistas de una organización del trabajo llamada “científica” que seguía un principio fundamental con el cual se les prohibía pensar.

El mundo industrial dividió el trabajo entre aquellos a quienes se les paga por pensar y aquellos a quienes se les prohíbe pensar. La deshumanización del trabajo fue vista como el precio del progreso.

El derecho de empleo institucionalizó el intercambio de la abdicación de la libertad del asalariado a cambio de una seguridad física y económica mínima.

El segundo hándicap es haber concebido la solidaridad sobre el modelo de una máquina gigante y anónima de redistribución de la riqueza a escala nacional. La solidaridad nacional pudo afrontar el colapso de las solidaridades de vecindad provocado por la urbanización y la industrialización.

Ese anonimato alimenta el individualismo al momento que sustituye el lazo directo entre las personas solidarias por una relación impersonal con una máquina burocrática. Cuando la ilusión de autosuficiencia del individuo se mantiene, el Estado social crea las formas de solidaridad civil y se encuentra condenado a conceder al mercado los servicios que ya no es capaz de proporcionar.

Retos

Un análisis jurídico podría ayudar a identificar y aclarar los puntos que se plantean sobre el declive del Estado social. Uno de los puntos es el relacionado a la crisis del gobierno por las leyes.

La revolución digital ha traído muchos cambios, uno de ellos es que las personas que habitan el mundo ya no son seres subordinados a fuerzas que dictan sus movimientos, sino que se han convertido en individuos programados que responden a señales que reciben.

El deseo de extender la organización “científica” del trabajo a toda la sociedad estuvo presente desde Lenin y ahora tiene como modelo los algoritmos de la informática y no las leyes de la física clásica.

La última expresión del sueño cibernético de manejar los asuntos humanos con piloto automático fue el “Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria” que está en fase de ratificación en la zona euro en 2021.

Los gobiernos ya no necesitarán actuar para respetar las leyes europeas, deberán actuar en tiempo real a señales numéricas. La segunda cuestión no resuelta tiene que ver con el auge de las solidaridades civiles que el estancamiento del Estado social ha favorecido. La Historia muestra que en épocas de crisis económica y política resurgen pactos de amistad inspirados por el modelo familiar.

La pérdida de fe en la autoridad estatal forma un ambiente favorable para el surgimiento de distintas formas de solidaridad. El Estado fomenta esto cuando subcontrata a organizaciones caritativas o religiosas para que lleven a cabo funciones sociales y llenen los vacíos que dejó el Estado.

Las afinidades comunales no son la única base de la solidaridad civil, ejemplo de ello es la tradición mutualista que fue muy importante para el modelo social francés. La existencia de esta tradición está amenazada por el derecho europeo, el cual extiende la noción de actividad económica a las instituciones sin ánimo de lucro y que no reconoce que existan formas de asociación entre Estado y mercado capaces de librarse de la ley de competencia.

La tercera cuestión es sobre las transformaciones de la idea de justicia social. La idea de una redistribución justa de la riqueza ha sido objeto de una fuerte crítica por parte de los defensores de un orden espontáneo del mercado desde la década de 1970.

Friedrich Hayek ve a la justicia social como un espejismo porque “los únicos lazos que mantienen el conjunto de una Gran Sociedad son sólo económicos”. La justicia redistributiva ha sido criticada porque la acusan de ignorar las discriminaciones fundadas en base a la identidad de las personas.

Al contrario, Paul Ricoeur dicía que para respetar la dignidad de un ser humano se deben proveer sus necesidades materiales y satisfacer su necesidad de reconocimiento.

Charles Taylor o Axel Honneth creen que este respeto implica un derecho a la diferencia para las “minorías” culturales en la sociedad. Nancy Fraser cree que esto implica la desestabilización de todas las identidades establecidas.

La desestabilización del status civil de las personas se une a la del status profesional que el derecho laboral lleva promocionando desde varias décadas. Al considerar a la razón humana como algo ya establecido en lugar de como un construcción frágil, al impulso de desinstitucionalización le interesa ganarse la voluntad del legislador en lugar de asegurar la justa distribución y eso conducirá a la violencia. El trabajo más allá de los animales y las máquinas se convierte en un lugar donde el ser humano aprende a razonar.

La justicia social permite dar a cada uno la posibilidad de tomar conciencia de lo que una persona es a través de lo que uno hace, es decir formar su persona en el trabajo. El Estado social moderno ha excluido la división del trabajo del campo de la justicia.

El Estado es aquello que sostiene y hace que se mantenga en pie una sociedad humana. Esta idea fue la que hizo creer a las personas que el Estado era inmortal. Las instituciones crean un puente que ayuda a que la evolución humana se sostenga. Cuando el puente se cae sobre sí, destruye todo lo que sostenía.

Nexo con el tema que estudiamos: 

El Estado ha sido un ente que ha pasado por muchos cambios desde su nacimiento, y con el desarrollo y evolución que ha tenido el capitalismo se ha ido adaptando a ciertos aspectos que este modelo económico intenta implantar en la sociedad. Los cambios en el campo laboral que se dieron desde el Taylorismo fueron muy acelerados y fueron una clave importante para el posterior nacimiento del neoliberalismo. Esto trajo consigo una crisis civilizatoria porque a las personas se les estaba tratando como herramientas para la maximización de la producción, situación que trató de moderar el derecho laboral en distintos países industriales.

Durante el siglo XX se les hizo creer a las personas que las condiciones estaban mejorando al implantar cosas como la seguridad social, sin embargo, los estratos más marginados seguían padeciendo las consecuencias del fenómeno del capitalismo, al grado de no querer reproducirse. Esta situación de las bajas tasas de natalidad es uno de los temas más importantes en 2021 en potencias mundiales como China, Japón y países europeos; porque no tienen generaciones de personas listas para poder continuar la expansión económica mundial a futuro. El Estado social está en crisis porque las instituciones se están desmoronando, porque no hay pilares que le den fuerza y porque su sociedad no está sostenida de nada, han perdido la esperanza en el Estado después de que haya sido incapaz de proveerles seguridad social digna y un Estado de derecho.