Informe sobre las inversiones en el mundo 2003. Las políticas de IED como impulsoras del desarrollo. Perspectivas nacionales e internacionales

Cita: 

Conferencia de las Naciones Unidas sobre comercio y desarrollo [2003], Informe sobre las inversiones en el mundo 2003. Las políticas de IED como impulsoras del desarrollo. Perspectivas nacionales e internacionales, Naciones Unidas, Nueva York y Genève, 304 pp.

Fuente: 
Libro electrónico
Fecha de publicación: 
2003
Tema: 
Reporte anual sobre el comportamiento de las empresas transnacionales. Importancia de los Acuerdos Internacionales sobre Inversión (AII).
Idea principal: 

El Informe sobre las inversiones en el mundo (IIM) 2003 es una obra colectiva, coordinada por Karl P. Sauvant, Director de Inversión, Tecnología y Desarrollo Empresarial en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre comercio y desarrollo.

Esta ficha está hecha a partir del resumen ejecutivo presentado por la CNUCD
http://unctad.org/es/Docs/wir2003overview_sp.pdf

El informe completo se puede descargar en
http://unctad.org/en/Docs/wir2003_en.pdf

Secciones

Capítulo 1. La IED cayó 21% a nivel global
A. La recesión continúa
B. La desigualdad de la recesión
C. El índice de desempeño captura la desigualdad de la recesión
D. ¿Por qué la recesión?
E. Suavizar el impacto
F. ¿Hacia los mega bloques?
G. Perspectivas

Capítulo 2. Desempeño desigual entre regiones
A. Países en desarrollo
B. Europa Central y del Este
C. Países desarrollados

Los capítulos uno y dos aparecen en cada informe. A continuación presentamos la síntesis del tema anual: las políticas de IED.


Capítulo 3. Políticas nacionales de IED y acuerdos internacionales de inversión

La firma de Acuerdos Internacionales sobre Inversiones (AII) se ha convertido en un instrumento necesario para la atracción de Inversión Extranjera Directa (IED). Por un lado, los países receptores garantizan el flujo de capital a sus territorios y, por el otro, los países de origen consiguen que “la legislación que regula […] la IED sea más transparente, estable, previsible y segura, y además reducir los obstáculos a las corrientes futuras de IED” (p. 21-22).

Los AII pueden establecerse a escala bilateral, regional y multilateral. “En el ámbito bilateral, los instrumentos más importantes son los tratados bilaterales sobre inversiones (TBI) y los tratados sobre doble imposición (TDI) […] Los TBI son sobre todo instrumentos destinados a proteger a los inversores […] Los TBI firmados cubren alrededor del 7% del monto acumulado mundial de la IED y el 22% del monto acumulado de la IED en los países en desarrollo y los países de la Europa central y oriental. Los TDI son instrumentos que tienen por objeto reducir la incidencia de la doble imposición. Cubren alrededor del 87% de la IED mundial y el 57% de la IED acumulada en los países en desarrollo y los países de la Europa central y oriental” (p. 22).

A escala regional, la tendencia ha sido abordar esas cuestiones en los acuerdos de comercio (p. 22).

“En el plano multilateral los pocos acuerdos que existen regulan cuestiones muy concretas relacionadas con las inversiones (medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio, los seguros, la solución de diferencias o aspectos de la política social) o son sectoriales (como el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)). No existe ningún acuerdo multilateral de carácter general sobre las inversiones” (p. 24).

Sin embargo, como reconoce el IIM, la pretensión de los países receptores por conservar un margen de maniobra suficiente para aplicar políticas de inversión y, al mismo tiempo, establecer un marco regulatorio con AII genera tensiones: “un margen de maniobra demasiado grande merma la utilidad de las obligaciones internacionales. Unas obligaciones demasiado severas coartan excesivamente el margen de maniobra de las políticas nacionales” (p. 26).


Capítulo 4. Ocho temas clave: experiencias nacionales y enfoques internacionales

Los temas que generan mayor controversia en el contenido de los AII son:

• “La definición de inversión, ya que la definición que se escoja determinará el alcance de las disposiciones sustantivas del acuerdo;
• El alcance del trato nacional, ya que determina la magnitud y las modalidades de las preferencias que podrán otorgarse a las empresas nacionales;
• Las circunstancias en las cuales las políticas oficiales deben considerarse como expropiaciones o confiscaciones regulatorias, porque esto supone poner a prueba la línea divisoria entre el derecho legítimo de los poderes públicos a regular y los derechos de los propietarios privados;
• El alcance de la solución de controversias, pues esto plantea la cuestión de la intervención en el procedimiento de partes que no son Estados y del grado de autonomía de la solución de las controversias sobre inversiones;
• El recurso a las prescripciones en materia de resultados, a los incentivos, a las políticas de transferencia de tecnología y a la política de competencia, ya que pueden hacer avanzar los objetivos del desarrollo” (p. 29-30).


Capítulo 5. La importancia del espacio de la política nacional

La preocupación del desarrollo, como objetivo de las inversiones, se puede incluir en los propósitos, estructura y aplicación de los AII.

Además, es importante el criterio adoptado para decidir el alcance de los compromisos:
• “Según el criterio de la ‘lista negativa’, los países aceptan una serie de compromisos generales y luego cada uno de ellos enumera todas las esferas a las que no se aplicarán esos compromisos.
• Según el criterio de la ‘lista positiva’, los países especifican los compromisos que aceptan asumir y las condiciones que imponen para cada compromiso. Este criterio tiene la ventaja de que los países pueden asumir compromisos según el ritmo que ellos decidan y fijar las condiciones para hacerlo” (p. 27).

Para garantizar que el desarrollo sea el principio organizador de los AII, se prevén dos esquemas:
• “El que un acuerdo sea jurídicamente vinculante o voluntario influye en la fuerza de determinadas obligaciones […] Con arreglo a esto, las cláusulas que incorporen la dimensión del desarrollo podrían ser jurídicamente vinculantes o contener simples recomendaciones, dependiendo del grado de compromisos que las partes estén dispuestas a asumir.
• Las asimetrías entre países desarrollados y países en desarrollo partes en un acuerdo internacional sobre inversiones se pueden superar si los países desarrollados partes en él se comprometen a proporcionar asistencia a las partes en desarrollo” (p. 28).


Capítulo 6. Países de origen e inversores

Se espera que los países de origen de la inversión asuman compromisos con los países receptores. “Todos los países desarrollados (que son los principales países de origen) aplican ya diversas medidas para fomentar las corrientes de IED hacia los países en desarrollo […] A los países en desarrollo les convendría que las medidas de los países de origen que se incorporasen en los futuros AII fueran más transparentes, estables y previsibles” (p. 30).

“También las ETN pueden contribuir a potenciar el impacto sobre el desarrollo, como parte de las responsabilidades de toda empresa que quiera tener un buen comportamiento cívico, ya sea por decisión voluntaria de la propia ETN o en virtud de unos procedimientos basados en criterios jurídicos. Las esferas de particular importancia son contribuir plenamente al erario público de los países receptores, crear vinculaciones con las empresas locales y profundizarlas, crear puestos de trabajo, elevar el nivel de cualificaciones de los trabajadores locales y transferir tecnología” (p. 30-31).

Nexo con el tema que estudiamos: 

Este IIM señala la tendencia creciente al establecimiento de Acuerdos Internacionales sobre Inversiones, un requisito de las empresas transnacionales para dirigir sus inversiones a determinados países ya que así garantizan condiciones jurídicas benéficas, aunque resulte poco ventajoso para los países en desarrollo.

Destacan los intentos por establecer principios e instrumentos de negociaciones entre países huéspedes y empresas inversoras. El buscado equilibrio carece de un análisis sobre condiciones que hagan posibles las políticas más equilibradas. El cuestionamiento de las propuestas regulatorias debe partir de este aspecto esencial para no dejar las propuestas en el aire.