Antitrust theatre. Google is fined €4.3bn in the biggest-ever antitrust penalty

Cita: 

The Economist [2018], "Antitrust theatre. Google is fined €4.3bn in the biggest-ever antitrust penalty", The Economist, London, 21 de julio, https://www.economist.com/business/2018/07/21/google-is-fined-eu4.3bn-in...

Fuente: 
The Economist
Fecha de publicación: 
Sábado, Julio 21, 2018
Tema: 
Aumento de las multas antimonopólicas contra Google
Idea principal: 

Las multas antimonopólicas contra Google alcanzan un récord: la Comisión Europea impuso el pasado 18 de julio una multa de 4.3 mil millones de euros contra el gigante de la red, por configurar el sistema operativo Android para expulsar del mercado a sus competidores. Se trata de un monto que casi dobla al que tuvo que pagar a la misma Comisión Europea por el llamado “caso de compras” del año pasado (2.4 mil millones de euros). Este caso se suma a las regulaciones europeas contra las prácticas monopólicas de las principales firmas digitales estadounidenses: Facebook, Amazon y Apple, sin embargo, las sanciones se encuentran aún lejos de representar una verdadera restricción contra las mismas.

En Estados Unidos las clasificaciones de preferencia de uso de las plataformas de Facebook, Amazon y Google, según una encuesta realizada por el sitio de noticias Axios, muestran una disminución considerable de 28%, 13% y 12% respectivamente. Este bajo estado de ánimo frente a las firmas estadounidenses ha sido aprovechado por los republicanos para difundir una retórica anti-tecnológica; incluso la Comisión Federal de Comercio (FTC por sus siglas en inglés) anunció que a partir de septiembre pondrá atención a la “competencia y protección del consumidor del siglo XXI”.

La situación es todavía más aguda en Europa ya que no es sede de ninguno de los emporios digitales. El conflicto entre la Comisión Europea y Google tuvo un desenlace en favor de la primera el año pasado por el ya mencionado “caso de compras” donde Google intervino en su servicio de búsqueda de compras al colocar en el inicio las pertenecientes a su firma y dejar deliberadamente al último las ofertas de sus competidores. Ahora se trata del caso del sistema operativo de Google, Android, cuya configuración prácticamente obliga a los fabricantes de teléfonos inteligentes y operadores de telecomunicación a decisiones nada flexibles: para instalar cualquier tipo de aplicaciones de Google en sus dispositivos, deben instalar toda la paquetería y mostrar cada uno de los iconos de las aplicaciones en posiciones convenientes. La Comisión Europea señaló que este modo de operar es similar a la estrategia de Microsoft emprendida durante la década de los años noventa: atar piezas de software para consolidar su dominio.

Por todo esto, la comisionada de competencia, Margrethe Vestager, afirmó que este tipo de prácticas imposibilita la innovación de los competidores y, en consecuencia, bloquea los beneficios que los consumidores pudieran obtener de ella.

En ambos casos Google buscó impugnar la sanción con “respuestas ingeniosas”. En el primero (“caso de compras”), la firma estadounidense se justificó afirmando que su intervención en el servidor de búsqueda de compras en línea se limitó a ofrecer a los consumidores un acceso rápido a información relevante para evitarles la molestia de cambiar a otro buscador. En el segundo (“caso Android”), se insistió en la necesidad de las restricciones a los dispositivos porque sólo así se podría tener éxito en las plataformas de código abierto, un beneficio no sólo para los consumidores sino para los desarrolladores, fabricantes de dispositivos y el propio Google.

A pesar del elevado monto de la reciente multa contra Google, resulta aún insuficiente para establecer una corriente antimonopólica real. Según Vestager, se requerirían más multas por incumplimiento cuyo monto supere 5% del ingreso promedio diario mundial de Alphabet (cuya principal subsidiaria es Google) para que el gigante digital tome cartas sobre el asunto. Aunque, se sentencia en el artículo, Google bien podría limitarse a percibir tales multas como un mero costo aceptable por hacer negocios.

Las soluciones para el “caso de compras” han sido poco exitosas. Google subastó espacio disponible de su servidor de búsqueda de compras en línea, pero hasta ahora sólo 6% ha sido ocupado por la competencia. En cuanto al “caso Android”, se prevé algo más severo: Google no tendrá más opción que eliminar su restricción total, pero dada la enorme presencia de Android en distintas aplicaciones es difícil que se logre un cambio significativo en la industria de teléfonos inteligentes.

Las sanciones monetarias y mediáticas contra las prácticas monopólicas se encuentran lejos de una incidencia contundente en el mercado internacional porque las firmas estadounidenses se encuentran en un sitio favorable respecto al marco jurídico de su país, según señala William Kovacic de la Universidad George Washington. En Estados Unidos la administración de Obama contribuyó a ello al tener ex-empleados de Google en su equipo. La Suprema Corte estadounidense obstaculiza, por lo tanto, la posibilidad de realizar medidas antimonopólicas sustanciales. Un caso que ejemplifica ésto es que en junio la Suprema Corte respaldó la política de American Express de detener la presión que los minoristas ejercen sobre los clientes para que usen su crédito con menores tarifas de transacción.

Datos cruciales: 

1. La Comisión Federal de Comercio (FTC por sus siglas en inglés) de Estados Unidos anunció que a partir de septiembre de 2018 darán audiencia sobre la protección del consumidor y la competencia en el siglo XXI. Ahora los miembros del partido republicano estadounidense (entre ellos Ted Cruz) usan una retórica anti-tecnológica.

2. Gráfica “One-stop shop. La participación de Google en el mercado mundial, 2017, %”. Búsqueda 90%, Sistema operativo móbil (Android) 70%, Navegador Web (Chrome) 50%, Anuncios online poco más de 40%, e-mail (Gmail) poco más de 20%. Fuente: Litmus; StatCounter; Statista.

Nexo con el tema que estudiamos: 

En el marco de presiones y acciones proteccionistas crecientes, es relevante que la autoridad que debe garantizar la competencia en Unión Europea no imagine otras medidas contra los monopolios que no sean las multas. Como señala el artículo, las multas pueden ser absorbidas por las corporaciones gigantes y eventualmente, ser transferidas a los consumidores.

Ello también habla de la posición de Unión Europea, que carece de empresas que puedan desafiar a los líderes estadounidenses y asiáticos. Frente a la concentración de capital, parece inviable la aplicación de políticas industriales activas en busca de generar competencia local, lo cual constituye otro signo de la dislocación del capital: la dialéctica entre competencia y monopolio se ha trastocado y la competencia sólo refuerza el monopolio mediante la absorción de los innovadores por parte de las corporaciones gigantes.

La restricción jurídica estadounidense, que impide una incidencia contundente en contra de las prácticas monopólicas de los grandes emporios digitales del mismo país, es un caso representativo de la consolidación hegemónica del capital dedicado al sector de las telecomunicaciones. El control de los sistemas operativos de los dispositivos ahora más cotidianos de comunicación (smartphones) así como las restricciones en el propio sistema digital de acceso a la información es un campo estratégico de lucha comercial entre los capitales y, al mismo tiempo, de lucha política contra los que hacen uso de dichos servicios.